Tasas del consorcio

La Ordenanza Fiscal de GIRSA

La Ordenanza Fiscal de GIRSA aporta algunas cuestiones sobre las que resulta conveniente pararse un poco

Una cuestión previa: la “tasa por la prestación del servicio de transferencia y tratamiento de residuos urbanos de la provincia de Salamanca”, no es ni más ni menos que eso: una tasa, es decir, la traslación de los costes del valor real de un servicio a sus usuarios. En una tasa hay que calcular su cuantía para que en cada momento refleje el coste de la contraprestación. No cabe recaudar dinero con una tasa para fines distintos a los de su naturaleza. La aprobación de una tasa conlleva la elaboración de un estudio económico que justifique su cuantía y avale su aplicación al escenario de diseño.

Solidaridad intraprovincial

Todas las entidades consorciadas tienen las mismas tasas de trasferencia y tratamiento. Resulta lógico pensar que en función de la distancia al centro de tratamiento, los costes de explotación (entre los que el transporte tiene una incidencia reseñable), pudieran variar. Sin embargo, desde su origen, en el Consorcio ha imperado el principio de solidaridad intraprovincial para determinar que todas las entidades locales del consorcio paguen la misma tasa con independencia de donde depositen sus residuos: estaciones de transferencia más o menos lejanas o el mismo CTR. La voluntad de las entidades ha sido allanar las diferencias de coste y no penalizar la gestión a las entidades rurales más alejadas del centro de tratamiento. Un bonito ejemplo a seguir, en unos tiempos no especialmente proclives a la solidaridad entre los pueblos.

Se prima la segregación en origen

Hay tasas más económicas para residuos que vengan correctamente segregados de las entidades locales: voluminosos (muebles, enseres, colchones…), fracción vegetal (restos de poda, residuos de jardinería…), biorresiduos (residuos biodegradables de mercados, comedores colectivos, procesado de alimentos…).

La nueva Ley de residuos (Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados), establece objetivos de reutilización y reciclado para este tipo de residuos que deberán ser cumplidos en el horizonte de 2020. Asimismo, dedica un apartado específico a la promoción de la recogida separada de biorresiduos. El Consorcio pretende facilitar la consecución de estos objetivos a través del instrumento económico que suponen sus tasas.

La segregación de flujos de residuos también facilitará las operaciones de gestión en el propio CTR y la obtención de subproductos de mayor calidad.

La prevención trae a cuenta

Tasas más económicas para las entidades locales que reduzcan su generación de residuos: uno o dos euros menos por tonelada tratada, en función de la reducción acreditada.

De nuevo mediante la instauración de medidas económicas, en este caso una reducción en el precio de tratamiento a las entidades que disminuyan la tasa de producción de residuos por habitante, se pretende conseguir el impulso de la prevención, las recogidas separadas, el reciclaje del mayor número de fracciones y cualquier medida que suponga que una menor cantidad de residuos llega al centro de tratamiento.

En otras palabras: quien sea capaz de reducir sus residuos, no sólo pagará menos porque presentará una menor cantidad, sino que ésta le saldrá más barata. El Consorcio premia a quien produce menos residuos.

Una apuesta novedosa, cuyos resultados están siendo seguidos con interés por varias administraciones.