Modificación los artículos 4, 9, 10, 11, 13, 14, 15, 16 y 17, así como la supresión de los Anexos I y II, del Reglamento de Gestión del BOP de Salamanca.

    La Excma. Diputación Provincial de Salamanca, en sesión ordinaria del Pleno celebrada el día 30 de junio de 2021, adoptó el acuerdo de aprobar provisionalmente la modificación de los artículos 4, 9, 10, 11, 13, 14, 15, 16 y 17, así como la supresión de los Anexos I y II, del Reglamento de Gestión del Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca.

     Conforme dispone el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, el presente expediente será expuesto al público en la Oficina de Información de la Diputación previo anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Edictos y en la web de esta Diputación, en enlace adjunto.

     Concediendo un plazo de 30 días hábiles, contados desde el siguiente al de publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones y reclamaciones que estimen oportunas.

     Finalizado el período de exposición pública, el Pleno resolverá sobre las alegaciones y reclamaciones presentadas, procediendo a la aprobación definitiva del Reglamento; no obstante, en el caso de que no se presenten alegaciones ni reclamaciones, se entenderá elevado a definitivo el acuerdo provisional, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario.   

     Las reclamaciones se realizarán mediante la presentación de la Instancia General a través de la Sede Electrónica, sin perjuicio de la utilización del resto de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.