Resultados de "Deporte y naturaleza "
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Tasa por prestación de servicios es escuela infantil Guillermo Arce
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA ESCUELA INFANTIL "GUILLERMO ARCE" DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCA ____________________________________ Art. 1.- Fundamento y naturaleza. En el uso de las facultades que concede el art. 33.2) de la Ley 7/85 de Bases del Régimen Local, así como en los art. 2, 15 a 20 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora
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Recargo provincial sobre el impuesto de actividades económicas
ORDENANZA FISCAL DEL RECARGO PROVINCIAL SOBRE EL IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS Art. 1.- Fundamento y naturaleza En uso de las facultades concedidas por los arts. 133.2 y 142.2 de la Constitución española y por el art. 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 124 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, esta Diputación establece el recargo
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Tasa por prestación de servicios es escuela infantil Guillermo Arce
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA ESCUELA INFANTIL "GUILLERMO ARCE" DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCA ____________________________________ Art. 1.- Fundamento y naturaleza. En el uso de las facultades que concede el art. 33.2) de la Ley 7/85 de Bases del Régimen Local, así como en los art. 2, 15 a 20 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora
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Recargo provincial sobre el impuesto de actividades económicas
ORDENANZA FISCAL DEL RECARGO PROVINCIAL SOBRE EL IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS Art. 1.- Fundamento y naturaleza En uso de las facultades concedidas por los arts. 133.2 y 142.2 de la Constitución española y por el art. 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 124 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, esta Diputación establece el recargo
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Tasa por prestación de servicios es escuela infantil Guillermo Arce
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA ESCUELA INFANTIL "GUILLERMO ARCE" DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCA ____________________________________ Art. 1.- Fundamento y naturaleza. En el uso de las facultades que concede el art. 33.2) de la Ley 7/85 de Bases del Régimen Local, así como en los art. 2, 15 a 20 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora
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Recargo provincial sobre el impuesto de actividades económicas
ORDENANZA FISCAL DEL RECARGO PROVINCIAL SOBRE EL IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS Art. 1.- Fundamento y naturaleza En uso de las facultades concedidas por los arts. 133.2 y 142.2 de la Constitución española y por el art. 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 124 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, esta Diputación establece el recargo
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ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA ESCUELA INFANTIL "GUILLERMO ARCE" DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCA ____________________________________ Art. 1.- Fundamento y naturaleza. En el uso de las facultades que concede el art. 33.2) de la Ley 7/85 de Bases del Régimen Local, así como en los art. 2, 15 a 20 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora
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Recargo provincial sobre el impuesto de actividades económicas
ORDENANZA FISCAL DEL RECARGO PROVINCIAL SOBRE EL IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS Art. 1.- Fundamento y naturaleza En uso de las facultades concedidas por los arts. 133.2 y 142.2 de la Constitución española y por el art. 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 124 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, esta Diputación establece el recargo
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ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA ESCUELA INFANTIL "GUILLERMO ARCE" DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCA ____________________________________ Art. 1.- Fundamento y naturaleza. En el uso de las facultades que concede el art. 33.2) de la Ley 7/85 de Bases del Régimen Local, así como en los art. 2, 15 a 20 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora
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Recargo provincial sobre el impuesto de actividades económicas
ORDENANZA FISCAL DEL RECARGO PROVINCIAL SOBRE EL IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS Art. 1.- Fundamento y naturaleza En uso de las facultades concedidas por los arts. 133.2 y 142.2 de la Constitución española y por el art. 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 124 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, esta Diputación establece el recargo
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Tasa por prestación de servicios es escuela infantil Guillermo Arce
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA ESCUELA INFANTIL "GUILLERMO ARCE" DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCA ____________________________________ Art. 1.- Fundamento y naturaleza. En el uso de las facultades que concede el art. 33.2) de la Ley 7/85 de Bases del Régimen Local, así como en los art. 2, 15 a 20 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora
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Dossier ARTISTAS
A R T I S T A S Manuel Jaén Peña - Romanero [Santibáñez de Béjar] Balanzas romanas para pesar, forjadas a mano. De la creatividad que da el estar en contacto perenne con la naturaleza, del saber aprovechar lo que da la tierra para transformar pensamientos o sueños en obras humanas, bellas, sencillas, austeras, nobles, transmisoras de lo útil. De todo ello se nutre este romanero para crear y regalar parte de su espíritu sensible en sus romanas, con manos educadas en el oficio
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Dossier Artesanos Provincia
A R T I S T A S Manuel Jaén Peña - Romanero [Santibáñez de Béjar] Balanzas romanas para pesar, forjadas a mano. De la creatividad que da el estar en contacto perenne con la naturaleza, del saber aprovechar lo que da la tierra para transformar pensamientos o sueños en obras humanas, bellas, sencillas, austeras, nobles, transmisoras de lo útil. De todo ello se nutre este romanero para crear y regalar parte de su espíritu sensible en sus romanas, con manos educadas en el oficio
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Glosario sobre igualdad de género
SEXUAL Cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito ... ) Comportamiento de naturaleza sexual o de connotaciones sexistas, no deseado por la víctima ... ) Violencia sexual, que consiste en cualquier acto de naturaleza sexual no consentido por las mujeres
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NORMAS REGLAMENT0 FÚTBOL SALA JJEE 2015-2016
C/ Felipe Espino, 1. 37002 Salamanca Tel.: 923 293 171 Web: www.lasalina.es/deportes NORMAS DE LAS COMPETICIONES ESCOLARES DE FÚTBOL SALA EN LAS CATEGORÍAS PREBENJAMÍN, BENJAMÍN, ALEVÍN E INFANTIL En todas las competiciones de fútbol sala, que se organizan en la provincia de Salamanca, dentro del programa “Juegos Escolares”, tendrán aplicación las siguientes normas específicas en las categorías PREBENJAMÍN, BENJAMÍN, ALEVÍN e INFANTIL. 1ª.- El tiempo de juego de los partidos